
La construcción de casas económicas destinadas a la habitación de obreros en general, jornaleros, pequeños labradores, empleados, dependientes de comercio y en general, a cuantos viven del trabajo percibiendo honorarios, jornaleros o sueldos modestos u otros emolumentos, como pensiones por razón de servicios al Estado. Provincia o Municipio, pequeñas rentas u otras que se hallen en condiciones análogas.
El patronato lo constituirán tres patronos designados por Su Majestad el Rey. Quedan designados como patronos el Excmo. Sr. D. Benigno de la Vega Inclan, Marques de la Vega Inclan, el Excmo Sr. D. Antonio Halcón y Vinent, Conde de Halcón y el Excmo. Sr. D. Carlos Cañal y Migolla.
Manuel C. Viñuelas
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